Indice

  1. Objeto del contrato
  2. Condiciones del contrato
  3. Procedimiento de adjudicación
  4. Anexo. Identificación de suministros. http://www.axaragua.com/documentos/Anexo_Pliego_E_2012.pdf

1. Objeto del contrato.

El contrato al que se refiere el presente pliego de condiciones tiene por objeto el suministro de energía eléctrica en alta y baja tensión para las instalaciones de Aguas y Saneamientos de la Axarquía, S.A.U.   Este contrato se refiere al término de energía únicamente.

Incluirá todos los conceptos que integran la formación de los precios del mercado de producción e indicados por el operador del mercado: la moratoria nuclear, la garantía de potencia, las pérdidas de la red, los relativos a emisiones de CO2 por cuenta del productor o comercializador.

No se incluirán los impuestos eléctricos nacionales o autonómicos.

No se incluirá el acceso: el términos de energía de acceso, el término de potencia, el complemento de energía reactiva, los excesos de potencia y el coste del alquiler de los contadores de electricidad.

No se incluirá el IVA.

Identificación de los suministros.

Las instalaciones a las que se refiere el contrato son todas las que actualmente son de titularidad de Axaragua, o las que, manteniendo su titularidad los ayuntamientos correspondientes, la responsabilidad del pago ha sido transferida mediante acuerdos o convenios.

Los suministros se identifican en el Anexo http://www.axaragua.com/documentos/Anexo_Pliego_E_2012.pdf, todos ellos se encuentran ubicados en la comarca de la Axarquía, en la provincia de Málaga. Se identifican, entre otros datos, la tarifa actual y la potencia contratada.

Consumos y potencias previstos.

El consumo de 2011 ha sido de 9.344.323 kWh.

A efectos de la licitación se preverá para el año sujeto a contrato un consumo de 9.376.750 kWh.

Este consumo debe entenderse como orientativo, y aunque es estable en el tiempo, puede sufrir variaciones al alza o baja.

La previsión anual de consumo en Alta tensión, 6 períodos, P>450kW, (6) es como sigue:

La previsión anual de consumo en Alta tensión, 3 períodos, (3.1A) es como sigue:

La previsión anual de consumo en Baja tensión, 3 períodos, (3.0A) es como sigue:

La previsión anual de consumo para todos los tipos de suministro en total es de 9.376.750 kWh/año

Esta estimación se hace como base para comparar ofertas. Los precios por periodo deberán mantenerse independientemente de la exactitud de esta estimación.

Lotes.

Se establecen tres lotes: uno por cada modalidad de contratación. El adjudicatario podrá ofertar por uno o más de los lotes.

Precio del contrato.

El presupuesto base de licitación del primer año de contrato es de 1.104.071,00 euros que se considerará como importe de referencia a efectos indicativos de la licitación, sin incluir el IVA. El valor estimado del IVA no incluido es de 231.854,91 €.

El presupuesto base de licitación del primer año de contrato para cada uno de los lotes es de:

Lote 1: Alta tensión, 6 períodos, P>450kW, (6) Presupuesto base: 458.702,00 €

Lote 2: Alta tensión, 3 períodos, (3.1A) Presupuesto base: 442.409,00 €

Lote 3: Baja tensión, 3 períodos, (3.0A) Presupuesto base: 202.960,00 €

Esta cantidad está recogida en los presupuestos de Axaragua.

El importe definitivo del contrato será el precio que resulte de la adjudicación, aplicado a los consumos que efectivamente se tengan.

El precio comprenderá los siguientes conceptos:

Duración del contrato.

El contrato tendrá una duración de doce meses.

Se podrá prorrogar, mediante acuerdo expreso de las partes, por un periodo no superior a un año y por un sola vez. Teniendo el contrato una duración máxima de dos años.

Plazo de los suministros

Dentro de un plazo máximo de 30 días desde la notificación de la adjudicación, la empresa adjudicataria realizará todas las gestiones, instalaciones de equipos y acciones necesarias para realizar el suministro de energía eléctrica. De igual modo, la empresa comunicará a AXARAGUA, dentro de este mismo plazo de 30 días, la fecha en la cual se inicia el suministro objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

Si por cualquier motivo, se retrasara esta fecha más allá de los mencionados 30 días, la empresa adjudicataria estará obligada a abonar a AXARAGUA la diferencia de coste que se haya producido, entre el suministro existente en régimen actual y el que hubiera correspondido de acuerdo con el contrato en vigor, con la salvedad de los suministros de los que se haya realizado su petición en tiempo y forma por parte de la comercializadora a la distribuidora y existan condicionantes técnicos impuestos por éstas.


2. Condiciones del contrato

Acceso a redes eléctricas.

El acceso a la red de distribución se realiza con la Compañía Sevillana - Endesa Distribución de Electricidad, en adelante el distribuidor.

El adjudicatario suscribirá el contrato de ATR con el distribuidor y facturará a su vez a Axaragua los conceptos de acceso a la red en los términos regulados por ley.

Será el adjudicatario, por tanto, quien pague la tarifa de acceso al distribuidor, conforme establece el art. 4.2 del Real Decreto 1164/2001 y cargará por la misma cantidad a Axaragua.

Serán por cuenta de Axaragua los importes devengados por el distribuidor con motivo de una ampliación de los derechos de acceso en el punto de suministro.

Serán por cuenta de Axaragua los derechos de enganche y verificación, así como el depósito de garantía que pudiera exigir el distribuidor.

La/s empresa/s adjudicataria/s actuará/n como mandataria de AXARAGUA y contratará/n con la empresa distribuidora las tarifas de acceso y traspasará al distribuidor los datos necesarios para el suministro.

El/los adjudicatario/s tendrá la obligación de informar a AXARAGUA de las gestiones que realice ante la empresa distribuidora en su nombre.

Será el/los adjudicatario/s, por tanto, quien pague la tarifa de acceso al distribuidor, conforme establece el art. 4.2 del Real Decreto 1164/2001 y cargará por la misma cantidad a AXARAGUA.

Facturación y forma de pago.

La facturación se realizará con periodicidad mensual para cada uno de los puntos de conexión.

La forma de pago será de transferencia bancaria en la fecha de vencimiento.

El vencimiento de liquidación sea a los 60 días a partir de la fecha de entrada al registro de Axaragua.

Garantías.

Axaragua renuncia a la constitución de garantías, provisionales o definitivas.

Alquiler de contadores.

Axaragua pagará los alquileres de los contadores y telemedida al licitador, que incluirá en su factura una cantidad en concepto de alquiler y mantenimiento.

Incumplimientos y rescisión de contrato.

Se considerará falta grave la falta de suministro eléctrico por causas imputables al adjudicatario.

Las deficiencias que se observen serán notificadas por escrito, fax o correo electrónico, por parte de Axaragua al contratista, considerándose como apercibimiento.

La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan a continuación y en los fijados en el TRLCSP; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.

Se considerarán causas de rescisión de contrato, las siguientes:

En caso de rescisión del contrato por alguna de estas causas, el contratista renuncia expresamente a cualquier indemnización por cualquier concepto.

Subrogación.

Queda prohibida la subrogación del presente contrato sin la autorización expresa de Axaragua.

Suspensión del suministro.

Relativo a la suspensión del suministro se actuará conforme a lo que marque la Ley 54/1997 y desarrollo posteriores, teniendo en cuenta que los procesos a los que se suministra son esenciales.

Régimen jurídico del contrato.

El contrato a que se refiere el presente Pliego tiene la consideración de contrato de suministro y se rige por:

El contrato a que se refiere el presente Pliego tiene carácter privado, a tenor de lo establecido en el art. 20 TRLCSP, por lo que su preparación y adjudicación se refiere, se regirán por la normativa específica recogida en la LCSE y por el presente Pliego de Condiciones y en cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado.

El Orden Jurisdiccional competente será, a tenor de lo establecido en el art. 21 TRLCSP:


3. Procedimiento de adjudicación.

La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto.

Órgano de contratación. Delegación de facultades.

El Consejo de Administración de Axaragua, según su estatutos sociales, apartado j), tiene la atribución de «Celebrar toda clase de actos y contratos, adquirir, comprar, permutar, vender, arrendar bienes muebles e inmuebles y constituir y cancelar derechos reales e hipotecas»

En el acto de aprobar este pliego de condiciones, el órgano de contratación nombrará la mesa de contratación.

Conformarán la mesa de contratación:

En el acto de aprobar este pliego de condiciones, el órgano de contratación delegará la atribución de celebrar el presente contrato en el presidente del consejo.

Publicidad.

El procedimiento para la adjudicación se publicará mediante el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, rellenando el formulario en línea «Anuncio de licitación -sectores especiales» de la herramienta electrónica eNotices del portal de la contratación pública europea SIMAP.

El procedimiento para la adjudicación se publicará asimismo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio será según lo estipulado en la parte A (Procedimientos abiertos) del anexo III (Información que debe figurar en los anuncios de licitaciones) de la LCSE.

Este pliego de condiciones estará disponible en el Perfil del Contratante al que se tendrá acceso en la página web de Axaragua: http://www.axaragua.com

Acreditación de la capacidad de obrar del licitador.

Se acreditará de la siguiente manera:

  1. Empresarios españoles: Escritura de constitución y modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil y escritura que acredite la representación del firmante de la propuesta.

  2. Empresarios extranjeros de Estados miembros de la Unión Europea: Justificante de inscripción en los Registros que se indican en al anexo I del Real Decreto 1098/2001.

  3. Restantes empresarios extranjeros: La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el artículo anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa ACREDITACIÓN por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 135.1 , 177.2 y 203.2 de la Ley o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de la Ley.

Acreditación de no incursión en prohibición de contratar.

Declaración firmada por persona responsable con capacidad y poder suficiente, que acredite el cumplimiento de no estar incurso en las prohibiciones para contratar contenidas en el artículo 60 TRLCSP.

Acreditación de solvencia económica y financiera.

La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:

Acreditación de la solvencia técnica del empresario.

La solvencia técnica se acreditará por los medios siguientes:

Acreditación de comunicación de inicio de actividad ante la Dirección General de Política energética y Minas, de conformidad con el artículo 71 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de Diciembre, modificado por la Ley 25/2009 Omnibus.

Las empresas extranjeras presentarán la documentación requerida por la Comisión Nacional de Energía, traducida de forma oficial al idioma español.

Declaración relativa a la cifra de negocios de energía eléctrica, superior a 90.000 MWh, publicada en el último informe del OMEL (programa horario final de comercialización, agentes externos y clientes cualificados) antes de la presentación de la oferta.

Criterios de exclusión.

Quedarán excluidos del presente procedimiento de licitación, las empresas que no acrediten su inscripción en el Registro Administrativo de Comercializadores.

Asimismo, serán excluidas de participar en esta licitación aquellas empresas que no acrediten la cifra de negocio, superior a 90.000 MWh, reflejada en el último informe del OMEL publicado antes de la fecha de presentación de las ofertas.

No se admitirán ofertas de sociedades comercializadoras agrupadas entre sí para atender esta petición de ofertas.

Criterios de adjudicación.

Cada lote se adjudicará a la oferta que tenga mejor precio tal como se indica en el apartado "Cálculo del precio total para comparar ofertas".

Precio ofertado a efectos de adjudicación.

El precio ofertado a efectos de adjudicación será único en céntimos de euro con cuatro decimales por kwh de energía activa por cada uno de los tipos de suministro y en cada uno de los períodos. Para la realización de la oferta se tendrán en cuenta los consumos y características de los contratos según Anexo http://www.axaragua.com/documentos/Anexo_Pliego_E_2012.pdf.

Cálculo del precio total para comparar ofertas.

Para comparar las ofertas se multiplicará el consumo estimado en kWh/año por período por el precio ofertado de la energía en euros/kWh en cada período, obteniendo el precio final objeto de concurso.

Presentación de ofertas y documentación administrativa.

Las ofertas se presentarán en el domicilio social de Axaragua en la Avenida de Andalucía 110 en Torre del Mar, en Vélez Málaga CP 29740, de lunes a viernes laborables de 8.00 a 15.00 horas.

El plazo para la recepción de ofertas y documentación administrativa es de cincuenta y dos días naturales contados desde la fecha de envío del anuncio del contrato a la Oficina de Publicaciones de las Comunidades Europeas.

Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá que aquél concluye el primer día hábil siguiente.

Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario de la Mesa. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP.

Cada candidato no podrá presentar más de una solicitud. Tampoco podrá suscribir ninguna solicitud en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.

La presentación de una oferta supone la aceptación incondicional por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.

Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, con indicación de teléfono, fax y dirección de correo electrónico, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda :"Oferta para licitar a la contratación de suministro de energía eléctrica a la empresa Axaragua".

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor. La denominación de los sobres y su contenido será la siguiente:

Sobre A: Documentación general.

  1. Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su capacidad de obrar.
  2. Documentos que acrediten la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar.
  3. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera.
  4. Documentos que acrediten la solvencia técnica.
  5. Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al candidato.

Sobre B: Oferta económica.

Se presentará conforme al siguiente modelo:

«D. -----------, con domicilio a efectos de notificaciones en-----------, con DNI n.º-------, en representación de la Entidad---------, con CIF n.º--------, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del suministro de energía eléctrica a la empresa Axaragua, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato con los siguientes precios del término de energía:

Lote 1. Alta tensión, 6 períodos, P>450kW, (6):

Lote 2. Alta tensión, 3 períodos, (3.1A):

Lote 3. Baja tensión, 3 períodos, (3.0A):

Estos precios incluyen todos los conceptos que integran la formación de los precios del mercado de producción: la moratoria nuclear, la garantía de potencia, las pérdidas de la red o los relativos a emisiones de CO2 por cuenta del productor o comercializador. Estos precios no incluyen los impuestos especiales sobre electricidad.

Estos precios no incluyen el acceso a la red, cuyos conceptos se facturarán aparte: término de energía de acceso, término de potencia, recargo por reactiva, recargo por exceso de potencia, alquiler de equipos, y serán los marcados por la legislación vigente.

Estos precios no incluyen el IVA, que será el dispuesto por la legislación vigente.

Esta oferta se mantiene durante tres meses contados a partir de la fecha límite de presentación de ofertas.

Los precios ofertados no experimentarán revisión durante la vigencia del contrato y su prórroga.

En ------, a ----- de ----- de -----.

Firma del licitador,

Fdo.:--------»

Apertura de ofertas y adjudicación.

La mesa de contratación realizará la apertura de las ofertas a partir del día siguiente a aquel en que finalice el plazo.

En primer lugar se abrirá el sobre A y si no existieran incidencias se procederá a la apertura del sobre B.

Si se observaran defectos materiales en la documentación solicitada en sobre A, podrá concederse, si la mesa de contratación lo estima conveniente, un plazo oportuno, no superior a diez días hábiles, para que el licitador subsane el error, debiendo las empresas licitadoras presentar en tal plazo la documentación solicitada.

Si alguna oferta económica no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, estuviese incompleta, excediese del presupuesto base de licitación o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, será desechada.

Antes de proceder a la adjudicación definitiva, la mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas del pliego.

La mesa de contratación, a la vista de la valoración de las ofertas y en función del criterio de adjudicación empleado, comunicará de forma motivada la adjudicación del contrato al licitador que hubiere formulado la oferta de precio más bajo.

Asimismo comunicará también de forma motivada a los restantes operadores económicos el resultado de la adjudicación acordada. El resultado de la adjudicación se publicará también en el perfil del contratante.

No podrá procederse a la formalización del contrato hasta tanto transcurra el plazo de quince días hábiles desde que se anuncie el resultado de la adjudicación en el perfil de contratante.

Corresponderá, en todo caso, a la entidad contratante el derecho a declarar desierto el procedimiento de adjudicación de forma motivada siempre que las ofertas recibidas no se adecuen a los criterios establecidos.

Reclamaciones.

A partir de la adjudicación se abre un período de reclamaciones de diez días hábiles a contar desde la fecha posterior de estas dos:

La tramitación de reclamaciones se hará según se estipula en el capítulo II del Título VII de la LCSE.

Formalización del contrato.

No podrá procederse a la formalización del contrato hasta tanto transcurra el plazo de quince días hábiles desde que se anuncie el resultado de la adjudicación en el perfil de contratante.

Una vez transcurrido el plazo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando ya se hubiere levantado la suspensión, se requerirá al/a los adjudicatario/s para la firma del contrato. Éste deberá formalizarse en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.

No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. En todo caso el contrato se entenderá perfeccionado con su formalización.

Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse en el plazo indicado, Axaragua podrá acordar la resolución del mismo.

El contrato constituirá título suficiente para acceder a cualquier registro público.

El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.

Anuncios de contratos adjudicados.

Tal como se recoge en el artículo 67 de la LCSE en un plazo de dos meses a partir de la adjudicación de dicho contrato o acuerdo marco, se enviará un anuncio relativo al contrato adjudicado, según se especifica en el anexo VI de la LCSE.

La información suministrada con arreglo al anexo VI y destinada a ser publicada lo será de conformidad con el anexo IX.

Información sobre los contratos.

De conformidad con el Artículo 85 de la LCSE se comunicarán al Registro de Contratos del Sector Público a que se refiere el artículo 333 del TRLCSP, los datos correspondientes a la adjudicación del contrato en un plazo de dos meses desde su adjudicación.

En los casos de las Administraciones Públicas que dispongan de Registros de Contratos análogos en su ámbito de competencias, la comunicación de datos a que se refiere el apartado anterior podrá ser sustituida por comunicaciones entre los respectivos Registros de Contratos.